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AZKRU. Reglamento Deportivo 2013.

Los reglamentos técnicos en los próximos días serán subidos a la web, y los mismo van a tener modificaciones, al igual que tuvo el del campeonato. El año que viene se sorteara una inscripción gratis por categoría y por carrera, además los pilotos de la categoría escuela y promocional tendrán el día domingo un refrigerio.
Se hace saber a los pilotos y padres de la categoría PROMOCIONAL 150 C.C., que a partir del año 2013 la misma pasara a disputarse con motores 110 c.c. c/ caja, y pasará a llamarse PROMOCIONAL 110 C.C. C/CAJA, provistos por la categoría con escape, pero sin cuna.-

prensa AZKRU.

Reglamento de Campeonato Año 2013

ARTICULO Nº 1: El campeonato Entrerriano de Karting, se regirá por el presente Reglamento de Campeonato, Reglamento Técnico, en un todo de acuerdo a las disposiciones previstas en el Reglamento Deportivo Automovilístico (R.D.A), (C.N.K), y sus Anexos, del Automóvil Club Argentino, el Código Deportivo Internacional (C.D.I), y las establecidas porla Federación Automovilística Entrerriana (F.A.E.) .

ARTICULO Nº 2: COMPETENCIAS:La Asociación Zonal Karting Rio Uruguay, afiliada ala Federación Automovilística Entrerriana, y por delegación de ésta, será la única entidad autorizada para fiscalizar, conceder fechas y demás temas referentes a la categoría.

ARTICULO Nº 3: CALENDARIO: El calendario anual del Campeonato Entrerriano de Karting, se disputara sobre una cantidad de diez fechas puntables corridas. De las cuales surgirá el Campeón Entrerriano de cada una de las categorías. Dichas fechas puntables integraran en cantidad y puntaje el Campeonato Entrerriano. El Campeonato Entrerriano de no cumplir con las 2/3 del calendario oficial fijado, se considerara no realizado.

ARTICULO Nº 4: CATEGORÍAS, EDADES Y PESOS: El campeonato se organizará con las siguientes categorías definidas por sus Reglamentos Técnicos (R.T.) Ellas son:

CATEGORIA ESCUELA – de 5 a 10 años – Peso mínimo 120 kg.

Desde de 5 años cumplidos hasta 10 años, excepto aquellos que no tengan experiencia y deberán realizar 2 carreras en ésta y se evaluará si está en condiciones de pasar a la próxima categoría. Aquellos que cumplan 11 años durante el presente año calendario podrán participar en está categoría.-

CATEGORIA  PROMOCIONAL 110cc 4 TIEMPOS c/ CAJA – de 11 a 14 años – Peso mínimo 135 kg.

Desde de 11 años hasta 14 años, excepto aquellos que no tengan experiencia y deberán realizar 2 carreras en ésta y se evaluará si está en condiciones de pasar a la próxima categoría. Aquellos que cumplan 11 o 15 años durante el presente año calendario  podrán participar en ésta categoría.-.

CATEGORIA  125 LIGHT– desde15 años– Peso mínimo 165 kg.

Desde 15,-excepto aquellos que no tengan experiencia y deberán realizar 2 carreras en ésta y se evaluará si está en condiciones de pasar a la próxima categoría. La participación de los pilotos que tengan  15 o 16 años queda a criterio de la comisión.-.-

CATEGORIA LIBRE 125 INTERNACIONAL – Mayores de 15 años – Peso mínimo 170 kg.

Los pilotos de esta categoría deberán tener antecedentes en la especialidad, que serán evaluados por las autoridades deportivas dela FAE-AZKRU, juntamente con el comisario deportivo)

CATEGORIA 110cc 4 TIEMPOS MAYORES -desde 15  años – Peso mínimo 165 Kg.

CATEGORIA 150cc  4 TIEMPOS MAYORES  “Clase A”– desde los 15 a 30 años-Peso mínimo 175 Kg-:

Aquellos que al inicio del campeonato tengan la edad de 30 años y cumplan 31 en el presente año calendario antes del treinta de junio deberán correr en esta categoría.

CATEGORIA 150cc  4 TIEMPOS MAYORES  “Clase B”– mayores de 30 años-Peso mínimo 185 Kg

Aquellos que al inicio del campeonato tengan la edad de 30 años y cumplan 31 en el presente año calendario después del treinta de junio deberán correr en esta categoría.

Todo piloto licenciado que haya participado en la categoría Libre 125 Internacional, no tiene permitido la participación en otra de las categorías inmediata anterior. Las únicas excepciones son las siguientes:

a).- con autorización expresa para el paso definitivo, ante un pedido fundado, que dependerá de la resolución dela F.A.E.-

b).- que participe conjuntamente con otra categoría en la misma jornada.-

NUMERACIÓN

ARTICULO Nº 5: La cantidad de números identificatorios que debe llevar cada kart es de cuatro. Todos bien visibles por las autoridades actuantes.

Uno irá colocado sobre el panel o porta números frontal.

Dos irán colocados sobre los pontones laterales cercanos a las ruedas traseras.

El restante irá colocado sobre el paragolpes trasero.

Los números serán del color correspondiente a cada categoría y tendrán una altura mínima de15 cm. y un espesor de trazo continuo de por lo menos2 cm., con una tipografía ARIAL

Las placas porta-números deberán ser planas con bordes redondeados y de20 cm. por lado.

Estarán construidos en material plástico flexible.

El participante es responsable, en todo momento de garantizar que los números sean visibles por los Cronometristas y Oficiales Deportivos.

Deberán estar colocados en los karts antes de los ensayos libres oficiales.

Si el reglamento lo exigiera, deberán figurar sobre los pontones laterales, en su parte delantera, el nombre del piloto. La altura mínima del nombre del piloto será de4 cm.

La numeración de  todo el campeonato 2013 será producto del Ranking del 2012, y  para aquellos pilotos que debuten en el presente campeonato y no  estén ranqueados, al momento de registrar su  inscripción, se les otorgará un número, el cual deberá utilizarlo durante todo el campeonato.

Aquellos pilotos que participan en más de una categoría deberán tener en su kart, la numeración que corresponden a cada categoría, será obligación del piloto cambiar los números antes de salir a pista en una u otra.

Si durante la disputa de alguna de las Series Clasificatorias, Series Repechajes o Prueba Final, se produjera la perdida o rotura de uno de los números que individualizan al Kart, no será motivo de exclusión, pero el Director dela Pruebay/o Comisarios Deportivos estarán facultados para aplicar una multa de hasta pesos cincuenta ($ 50,00) por dicha anomalía, que deberá ser abonadas inmediatamente de comunicada la novedad antes de salir a girar a pista. Será el piloto, el único responsable en caso de existir error de planillaje, no teniendo derecho a reclamo alguno.

Colores por categorías:

Escuela: F: Blanco – N: Negro

Promocional 110cc 4 Tiempos: F: Blanco – N: Azul

125 Light Juvenil: F: Rojo – N: Blanco

Libre 125 Internacional: F: Amarillo – N: Negro

110 4 Tiempos Mayores: F: Negro – N: Amarillo

150 4 Tiempos Mayores Clase A: F: Naranja. N; Negro + LETRA “A” –Mayúscula-EN PANEL FRONTAL AL LADO DEL NUMERO

150 4 Tiempos Mayores Clase B.: F: Azul – N: Blanco +  LETRA “B” –Mayúscula-EN PANEL FRONTAL AL LADO DEL NUMERO

ARTICULO Nº 6: Es obligatoria la designación previa al comienzo dela Competencia de las personas que estarán a cargo en su condición de COMISARIO DEPORTIVO, DIRECTOR DE PRUEBAS, COMISARIO TECNICO, JEFE DE PALCO DE CONTROL Y JEFE DE BANDERILLERO, como así mismo la reunión de pilotos con las autoridades de cada competencia.

ARTICULO  N° 7: AUTORIZACION: En todos los casos, si el piloto es menor de edad (menor de 18 años), es obligatorio entregar una responsabilidad civil ante Escribano Público o Juez de Paz, firmado por el padre y madre o tutores, de acuerdo a los requisitos de forma.

ARTICULO Nº 8: DEBUTANTES: Todo piloto que desee participar por primera vez en alguna de las categorías antes mencionadas, como previo a participar en la primera competencia deberá con una antelación mínima de cinco días efectuar una inscripción formal a los efectos de que se le asigne el número correspondiente y recibir de la categoría la ficha médica a presentar. Asimismo, ningún piloto podrá debutar en la última competencia del campeonato, sin antes haber participado como mínimo en una competencia de la temporada.

ARTICULO Nº 9: Ningún contrato podrá ser negociado entre el o los organizadores y los concurrentes y/o pilotos o sus representantes a cargo de organizar eventos, sin el formal acuerdo dela F.A.E.

ARTICULO Nº 10: CREDENCIALES: Durante su participación en el campeonato, concurrentes y mecánicos deberán poseer credencial, mientras que los pilotos deberán contar con licencia medica y deportiva, todas otorgadas porla F.A.E/C.D.A., la cantidad de credenciales por automóvil de competición no podrá exceder de cinco (concurrente, piloto y mecánico), siendo cada piloto responsable deportivamente, moral y éticamente del uso de las asignadas a su equipo, en un todo de acuerdo al R.D.A.

ARTICULO Nº 11: DISTRIBUCION DE PUNTOS Y CAMPEONATO: En cada una de las diez fechas pactadas para el presente campeonato se otorgarán puntos de acuerdo a lo siguiente:

A – : PUNTO POR PRESENTACION: Se le otorgará a cada piloto que haya cumplimentado el trámite administrativo de cada competencia UN PUNTO, válido para el presente campeonato.

B – : PUNTO POR CLASIFICACION: Se le otorgará al piloto que realice el mejor tiempo en la clasificación de cada categoría UN PUNTO, válido para el presente campeonato.

C – : SERIES: Los que arriben en los cinco primeros lugares de cada serie clasificatoria sumarán puntos de la siguiente manera: primero: cinco puntos, segundo: cuatro puntos, tercero: tres puntos, cuarto: dos puntos y quinto: un punto, válido para el presente campeonato.

D – : FINALES: Los que arriben en los diez primeros lugares de cada final sumarán puntos de la siguiente manera: primero: veinte puntos, segundo: quince puntos, tercero: doce puntos, cuarto: diez puntos, quinto: ocho puntos, sexto: seis puntos, séptimo: cuatro puntos, octavo: tres puntos, noveno: dos puntos y décimo: un punto, válido para el presente campeonato.

Será reconocido como Campeón Entrerriano, el piloto que haya sumado mayor cantidad de puntos, que como mínimo haya ganado una competencia durante el año y  participado en el 70 % de las competencias realizadas.- Se entiende por “participado” en las que mínimamente el piloto haya realizado el trámite administrativo y pruebas oficiales.-

ARTICULO  N° 12: REGLAMENTOS   TECNICOS: El Reglamento Técnico está definido exclusivamente en el vigente para cada categoría, los respectivos Reglamentos Particular dela Prueba (R.P.P.), el Reglamento Internacional de Karting (R.I.K.), el Reglamento Argentino de Karting (R.A.K.), el Reglamento Deportivo Internacional (R.D.I.), el Reglamento Deportivo Automovilístico del Automóvil Club Argentino (R.D.A.), los Reglamentos Técnicos (R.T.) aplicables y sus anexos en consecuencia, cualquier tipo de sugerencias y/o pedido de aclaración del mismo el piloto y/o concurrente podrá dirigirse directamente  ala F.A.E. y/o por escrito al Ente Fiscalizador (A.Z.K.R.U.), al que elevará el mismo al Comité Ejecutivo dela F.A.E. la  que resolverá sobre el particular.

El Comisario Deportivo informará  a los pilotos, en la reunión con los mismos de dicha situación y posteriormente sobre la resolución  respectiva.

ARTICULO Nº 13: COMBUSTIBLE  – Para todos los casos se utilizará nafta de uso comercial de surtidor, apta para vehículos terrestres provista por cada competidor.-.

MEZCLA A UTILIZAR MOTORES 2 TIEMPOS:

El porcentaje de Aceite a utilizar para la mezcla será del 6 % (seis por ciento) por litro de nafta.

Se indicará en el R.P.P. de cada competencia, la marca de combustible a utilizar y marca de aceite a utilizar, siendo éstas iguales e idénticas para todas las carreras del CAMPEONATO ENTRERRIANO DE KARTING 2012.

ARTICULO Nº 14: LASTRES: Esta autorizado para ajustar el peso mínimo requerido del karting, la colocación de uno o varios lastres. Deben ser bloques Sólidos, perfectamente sujetos al chasis o al asiento, mediante herramientas, con por lo menos dos  pernos o bulones de un diámetro mínimo de6 mm., los que serán precintados inmediatamente luego de finalizada la clasificación y/o pre-técnica, quedando terminantemente prohibido durante la jornada (clasificación, series, repechajes o finales) el cambio de los mismos.- La cantidad de kilogramos de lastre a utilizar, que estarán sujetos  en los lugares y formas antes mencionadas, no podrán exceder los20 kg., caso contrario no será autorizado a participar en dicha competencia.-

ARTICULO Nº 15: PRUEBAS OFICIALES: Las pruebas oficiales, salvo una disposición expresa por escrito, comenzarán el día sábado y estarán integradas por tres tandas libres de cinco minutos cada una y una tanda de clasificación de cinco minutos las que podrán ser organizadas en números pares e impares porla Dirección dela Prueba y el Comisario Deportivo, quedando expresamente establecido que por fuerza mayor podrán modificarse, suprimirse, largándose en este último caso por el ranking actualizado. Queda terminantemente prohibido durante la tanda clasificatoria ingresar los autos a boxes, debiendo realizar todas las reparaciones en la calle del mismo a cuyo sector solamente podrán ingresar personas debidamente acreditadas.

Finalizada la tanda cada vehículo deberá ingresar directamente al recinto de verificación, toda violación a lo dispuesto hará perder el tiempo obtenido. El día domingo se realizarán una tanda de pruebas libres de tres minutos, , Quedando terminantemente prohibida toda prueba en sectores del circuito que no sea la pista de carrera propiamente dicha. Cabe aclarar que el Comisario Deportivo está plenamente facultado para modificar o no esta modalidad de pruebas libres y/o clasificación, previo aviso a todos los pilotos.

Asimismo esta prohibido la utilización de bancos de pruebas particulares desde el comienzo de la actividad oficial, en caso de constatarse la utilización, el piloto de la maquina y el titular y/o responsable del banco, serán pasibles de sanciones que van desde recargo de tiempos en clasificación, series, o de posiciones en la grilla de largada hasta multas, según los disponga el comisario deportivo y comisión directiva.

ARTICULO Nº 16: INSCRIPCION OBLIGATORIA: Todo piloto antes de realizar cualquier actividad en pista debe – obligatoriamente – registrar su inscripción antela Fiscalizadora muñido de su Licencia Deportiva y Medica y abonar las sumas correspondientes según se establezca en cuanto a monto y concepto, en efectivo y moneda legal en curso.

Los organizadores no podrán rechazar las inscripciones de los pilotos, excepto por razones legitimas las que serán sometidas a la consideración de la fiscalizadora y eventualmente a F.A.E.

ARTICULO Nº 17: Cada piloto que realice el trámite administrativo inicial recibirá, por parte de la fiscalizadora, un “stiquer” identificatorio que certifica que el mismo a cumplimentado el requisito. Dicho “stiquer” debe ser pegado en lugar perfectamente visible en el portanúmeros delantero del kart antes de la primer salida a pista.

Si así no lo hiciere, el encargado de puerta de boxes está facultado para no dejar salir a girar a aquel kart que no tenga esa identificación.

Artículo Nº 18: Luego de la inscripción administrativa se le entregará a cada piloto el sensor correspondiente, dejando en garantía de su devolución la suma de $ 100, la cual será devuelta contra entrega del mismo una vez finalizada la participación. Es obligación de cada uno de ellos colocar el mencionado sensor en el lugar especificado en el reglamento técnico. Ningún kart podrá salir a girar, sin el sensor debidamente colocado.  En caso de no ser devuelto finalizada la participación perderá la garantía de devolución, y se le cobrará a su vez una multa de  $ 200.-

La perdida o rotura del sensor durante la competencia será responsabilidad del piloto, debiendo en su caso abonar el valor del mismo a precio de mercado.-

ARTICULO Nº 19: SITUACIONES NO PREVISTAS: Todos los casos no previstos en el presente Reglamento de Campeonato, serán resueltos de común acuerdo entre el Director dela Prueba y el Comisario Deportivo, designados a tales efectos.  El organizador se reserva el derecho de modificar la programación y de incorporar antes de la iniciación de la competencia, con el acuerdo de las autoridades, disposiciones suplementarias o complementarias, y velará para que cada participante sea informado en tiempo de los posibles cambios o adiciones introducidas al Reglamento Particular dela Prueba (R.P.P.) confeccionando los anexos que correspondan.

ARTICULO Nº 20: Las maquinas de competición podrán ser asistidas deportivamente en pista (quedando prohibido la asistencia técnica).

DE LOS PILOTOS

ARTICULO  N° 21: REUNION  DE  PILOTOS: Previo a cada competencia y luego de los entrenamientos y/o clasificación, cuyo horario estará fijado en el Reglamento Particular dela Prueba (R.P.P.), el Comisario Deportivo llamará a reunión de pilotos siendo su CONCURRENCIA OBLIGATORIA, para todos los pilotos que  hayan registrado su inscripción y en el caso de las Categorías Infantiles, los padres, tutores o concurrentes de los mismos deberán concurrir  para ser informados de las novedades de la categoría y para solicitar  la opinión de los mismos, referentes a la actividad.

Las licencias respectivas de cada piloto, serán  solicitadas enla Verificación Administrativa(Inscripción),  serán devueltas en la reunión de pilotos, la cual se constituye en la toma de asistencia de los pilotos concurrentes a la reunión con las autoridades de la carrera.

Los Comisarios Deportivos  aplicarán  una multa por pesos cincuenta ($ 50,00)  a quien no concurra a la misma.

ARTICULO Nº 22: RESPETO  HACIA  LAS  PERSONAS: Se sugiere que se mantenga un clima de cordura y respeto hacia ellos. Cualquier falta de respeto y/o insultos hacia cualquiera de los integrantes dela Fiscalizadora, el Comisario Deportivo en uso de las facultades que le otorgala A.Z.K.R.U., podrá actuar  confeccionando un informe muy detallado de lo ocurrido y elevarlo a las autoridades de la misma, quien se expedirá sobre el caso,  y de ser necesario,  aplicar las sanciones que juzgue conveniente.

ARTICULO  N° 23: RESPONSABILIDAD DE LOS PILOTOS POR LOS ACTOS DE LOS AUXILIARES O MECANICOS: Los pilotos son los únicos responsables, solidariamente, de las actitudes y/o acciones que pudieran ocasionar sus concurrentes, colaboradores y/o simpatizantes, en cuyo caso el Fiscalizador, elevará el correspondiente informe al Comité Ejecutivo dela A.Z.K.R.U., la cual dictará la resolución  al respecto.

ARTICULO  N° 24: RESPONSABILIDAD  CIVIL: Los pilotos asumen la responsabilidad  civil de daños y perjuicios que pudieran ocasionar a personas  físicas y/o instalaciones que pudieran resultar de la competición, en accidentes o desordenes protagonizados por los mismos y/o sus colaboradores, que no estén cubiertos por el seguro a pilotos y para espectadores que cubre el espectáculo.- Dicha responsabilidad es extensiva al concurrente del piloto.

ARTICULO Nº 25: Queda establecido que una vez culminadas las pruebas oficiales de los días sábados como las oficiales de el día domingo, la prohibición total, sin excepción  alguna de circular con los vehículos de competición en el circuito escenarios de la competencia, zona de boxes y lindantes del mismo, Ya que fuera de los horarios establecidos no se cuentan con la coberturas de seguro al espectador y/o piloto.

SEGURIDAD

ARTICULO Nº 26: EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD: El Piloto de karting debe llevar puesto:

Un casco con una eficiente e irrompible protección para los ojos (FIA Standard). Para todas las categorías los cascos deben cumplir con las prescripciones dela CIK-FIA. Todopiloto deberá acompañar, al iniciar el campeonato, recibo o factura de compra que  especifique nombre del vendedor, marca del casco y que el mismo se encuentra homologado para competicion, en su caso por quién-.

El peso del casco puede ser comprobado en cualquier momento durante una competencia, y no debe ser más de1,800 g. para las categorías Super Promo Mayores, Señor y Libre y1,550 gpara las categorías  Escuela, Promocional 125cc 4 Tiempos 4 Marchas y Super Promo Juvenil.

Un par de guantes que recubran las manos completamente.

Buzo confeccionado con materiales homologados porla CIK-FIAy debe llevar en lugar visible el número de Homologación. Ellos deben cubrir la totalidad del cuerpo, piernas y brazos.

Botas con protección de tobillos.

Cuellera homologada, no las finas de utilización para las competencias de motos.

En ningún caso los pilotos se podrán quitar el casco protector estando en pista, hasta que llegue a boxes y/o parque de servicios, según sea el caso.

En tal caso el Comisario Deportivo, podrá aplicar apercibimientos y/o sanciones, y en caso de reincidencias, elevará al Comité Ejecutivo dela A.Z.K.R.U. dicha situación por escrito,  la  que considerará y resolverá el tema en cuestión.

Deberán  poseer el grupo sanguíneo y el nombre correspondiente (en el buzo y casco).

El piloto deberá presentarse a la prueba en forma correcta y limpia, tanto su persona como la de su Kart.

RECLAMACIONES, APELACIONES Y PENALIZACIONES

ARTICULO Nº 27: RECLAMACIONES: Toda reclamación deberá efectuarse por escrito con la firma del piloto denunciante, dirigida al Comisario Deportivo, hasta una hora después de finalizada la competencia final, acompañada de un deposito de $ 400,00. (pesos: Cuatrocientos) Si la denuncia resultara desestimada, la suma depositada pasara a tesorería dela Comisión Ejecutiva, caso contrario se le reintegrara al denunciante, el sobrante una vez reducido los gastos que haya acarreado el procedimiento para la resolución. Los gastos que se pudieran ser originados por la denuncia serán soportados por el inculpado.

ARTICULO Nº 28: Las penalizaciones en pista o tomadas posteriormente serán conformes al R.D.A, Reglamento de Campeonato y disposiciones dela Federación.

ARTICULO  N° 29: PENALIZACION  POR  FALSA  LARGADA: Se determinará falsa largada cuando antes de la señal de partida, dada por el largador de la competencia, el piloto modifique su posición original en la grilla de partida.  En caso de falsa largada, el piloto será penalizado con un mínimo de (5) cinco segundos de recargo y un máximo de una (1) vuelta,  tomando como referencia el tiempo de las Pruebas de Clasificación.

ARTICULO Nº 30: PENALIZACION POR LARGAR ADELANTADO: Se entiende por LARGAR ADELANTADO a todo kart que, al momento del inicio de la competencia esté tapando, total o parcialmente, la línea demarcatoria de su posición en la grilla de largada (cajón). Para ésta situación cabe la misma pena que en el art. Nº 29.

ARTICULO Nº 31: PENALIZACION POR PERDIDA DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD: El Comisario Deportivo penalizará a aquel piloto que durante las tandas libres, pruebas clasificatorias, series o final, pierda algún elemento de seguridad propio o del karting que conduce.

Se entiende por elemento de seguridad del piloto a: Casco, cuellera, guantes y botas.  Del karting a: Trompa, pontones laterales y paragolpes trasero.

Para estos casos el Comisario Deportivo mostrará, al paso del kart por el puesto de control y por el término de tres (3) vueltas, la bandera Negra con círculo naranja y el número del kart, el cual deberá ingresar inmediatamente a los boxes a reparar el inconveniente, si así no lo hiciere, será excluido de la competencia.

ARTICULO Nº 32: SANCIONES DISCIPLINARIAS: El tribunal de disciplina de F.A.E. y dela C.D.A, serán el ente rector en la faz disciplinaria de la categoría.

ARTICULO Nº 33: APERCIBIMIENTO: La suma de cinco apercibimientos durante un campeonato implicara la suspensión automática del infractor por una carrera. La aplicación de la misma se hará efectiva cuandola Comisión Ejecutiva comunique la sanción. Serán también computados como apercibimientos los impuestos en carrera con bandera blanca y negra.

Esta sanción es inapelable.

ARTICULO Nº 34: MEDIDA PROVISORIA: Las infracciones que por su gravedad, a juicio del Comisario Deportivo puedan dar lugar a la ulterior aplicación de una suspensión, facultan a aquel a solicitar ala Comisión Ejecutiva dentro de los siete días de disputada la competencia, se le prohíbe al presunto infractor participar en competencia alguna durante los treinta días subsiguientes a la prueba en que su actuación fue cuestionada. Igual medida podrá disponer de oficiola Comisión Ejecutiva, sujeta a iguales plazos. Esta medida quedara automáticamente sin efecto cuando al cumplirse los treinta días no se hubiere dictado la resolución definitiva correspondiente, siguiendo las actuaciones en el estado que se encuentren. La misma solo tendrá validez en un todo de acuerdo estipulado por el R.D.A, por tratarse de una medida no definitiva.

ARTICULO  N° 35: REFERENTES  A  LAS  DENUNCIAS: Cualquier tipo de denuncias, referentes al aspecto técnico serán  recibidas hasta (30) treinta minutos de proclamada la clasificación oficial en la categoría que haya participado, y será realizada exclusivamente por el piloto y/o concurrente, por escrito, pagando el equivalente de pesos quinientos ($  500.-) por pieza o elemento cuestionado de cada Kart cuestionado.

En caso que corresponda a una cuestión técnica,  no pueda resolverse en una carrera el Comisario Deportivo enviará los antecedentes e informes ala F.A.E., además del depósito correspondiente.

Dichos elementos deberán ser embalados con faja de seguridad rubricados por el Comisario Deportivo, el piloto y/o concurrente dejando constancia escrita al piloto y/o concurrente de los elementos retirados.

En caso de que la F.A.E.  Resuelva a favor del denunciante, la misma procederá a la devolución del importe depositado, caso contrariola F.A.E., organizadora de este campeonato, resolverá el destino de dichos importes.

La F.A.E. comunicará al denunciado y denunciante,  el día y la hora en que,  previa verificación de no haber sido violada la faja de seguridad,  se tratará el tema de que fuere objeto la denuncia.

ARTICULO  N° 36: RECLAMOS y APELACIONES: Cualquier tipo de apelación a las resoluciones del Comisario Deportivo, referentes a la carrera, ordenamiento y/o cualquier cuestión referente a la misma será realizada exclusivamente por el piloto y/o concurrente, por escrito y realizando un deposito de $ 800.- dentro de los (30) minutos luego de efectuada la publicación oficial de la competencia, salvo aquellas  determinaciones exclusivas del Comisario Deportivo, que son inapelables.-

La referida apelación será remitida junto con el importe del depósito correspondiente y la posición del Comisario Deportivo al respecto (informe),  por escrito al Comité Ejecutivo de la F.A.E. para su resolución.

En caso de ser favorable la apelación,  se devolverá el importe depositado, caso contrariola A.Z.K.R.U., organizadora de este campeonato, resolverá el destino de dichos importes.

ARTICULO  N° 37: PENALIZACION  EN PISTA: Se penalizará a aquel piloto que realizara alguna maniobra observada directamente por el Comisario Deportivo, Veedor Oficial, y/o auxiliares de pista, que van desde  el recargo mínimo de (5) cinco segundos hasta una (1) vuelta tomando como referencia el tiempo de las Pruebas de Clasificación o la directa exclusión, de acuerdo al criterio adoptado por el Comisario Deportivo. Es de destacar que el recargo aplicado, si las condiciones de carrera lo permiten se le indicará al piloto con la correspondiente pizarra, caso contrario, una vez finalizada la carrera, el Comisario Deportivo citará al piloto para informarle de la sanción, que es inapelable. En el caso de exclusión se le exhibirá al piloto,la Bandera  Negra  y cartel con el número de coche sancionado durante dos vueltas, debiendo detenerse, tan pronto sea posible en el sector de boxes.

También se aplicará un apercibimiento por cada cinco (5) segundos de recargo, por maniobras peligrosas, riesgosas, etc. (no por falsa largada),  y  al cúmulo de cinco (5) apercibimientos durante el desarrollo del / los campeonatos,  el piloto automáticamente recibirá una (1) fecha de suspensión,  NO PUDIENDO PARTICIPAR EN NINGUNA COMPETENCIA.  Dicha sanción será inapelable.

ARTICULO Nº 38:  INCIDENTE:  Un “Incidente” significa un hecho o una serie de hechos implicando a uno o más pilotos que sea constatado por los Comisarios Deportivos o llevados a estos por intermedio del Director dela Prueba, de un juez de hecho, por un Oficial Deportivo, o mediante una Reclamación y que, según la opinión de los Comisarios Deportivos:

– Haya motivado la interrupción de la carrera.

– Haya violado el presente Reglamento o el R.D.A…

– Haya causado una colisión evitable.

– Haya hecho abandonar la pista a otro participante.

– Haya ilegítimamente impedido una maniobra de adelantamiento legítimo a otro piloto.

– Haya ilegítimamente molestado a otro piloto durante una maniobra de adelantamiento.

– Haya ocasionado una maniobra riesgosa o desleal que le permite ganar la posición a otro participante.

El Director dela Pruebao los Comisarios Deportivos pueden solicitar que cualquier auto que haya  estado  implicado  en  un accidente o incidente sea controlado. Podrán aplicar el mismo criterio cuando estimen que algún auto esté en condiciones de representar peligro para sí o para otros participantes, pudiendo proceder a hacer parar el mismo en boxes para su control o reparación aún cuando esté en Pruebas Cronometradas o en Carrera, no siendo esta medida apelable e implicando el no cumplimiento, la aplicación de una sanción que puede llegar ala Exclusión.

Corresponde a los Comisarios Deportivos dictaminar si uno o varios pilotos  involucrados  en un incidente deben ser penalizados y podrán imponer a cualquier piloto implicado en el mismo cualquiera de las penalizaciones previstas en el Reglamento de Campeonato o en el R.D.A…

Para el caso que estimen que es necesario investigar más profundamente el hecho o que corresponda  aplicar sanciones mayores a las que estén habilitados, podrán solicitar ala Mesa Directivadela A.Z.K.R.U. el pase a penalidades. Según estimen los Comisarios Deportivos la gravedad del hecho, están facultados a solicitarla Medida Provisoria, prevista en el Art. 44 del presente Reglamento.

UN PILOTO IMPLICADO EN UN INCIDENTE CUALQUIERA SEALA GRAVEDAD, SU PARTICIPACION O CULPABILIDAD EN EL MISMO DEBE HACERSE PRESENTE ANTE LOS COMISARIOS DEPORTIVOS EN FORMA INMEDIATA ALA FINALIZACION DELA PRUEBA ENCUESTION NO PUDIENDO RETIRARSE DEL AUTODROMO SINLA AUTORIZACION DEELLOS.-

En caso de incurrir en el incumplimiento de esta obligación  los Comisarios Deportivos resolverán el incidente sin oír a los involucrados,  siendo publicada su decisión definitiva en el Tablero Oficial.-

ARTICULO Nº 39: PRUEBAS  FUERA  DEL CIRCUITO O DENTRO DE LOS BOXES, BANCOS DE PRUEBAS PARTICULARES: Está totalmente prohibido retirar el Kart del predio del circuito para realizar las clásicas  « tiradas», como así también dentro de los boxes. Será motivo único de exclusión, la realización de este tipo de pruebas,  En lo que respecta a los bancos de pruebas particulares está prohibida  su utilización desde el comienzo de la actividad oficial -ver art. 15 del presente reglamento-

ARTICULO  N° 40: COMPORTAMIENTO EN PISTA: Referentes a las advertencias y/o actuaciones que realice el Comisario Deportivo referida a los apercibimientos con bandera, exclusiones, desclasificaciones, maniobras antideportiva, advertencias realizada al piloto, etc. Serán elevadas por escrito al Comité Ejecutivo dela F.A.E. para su proceder. En caso de reincidencias, el Comisario Deportivo podrá solicitar al Comité Ejecutivo dela A.Z.K.R.U. que tome las medidas disciplinarias que considere oportunas. Esta medida es extensiva a concurrentes y/o colaboradores del piloto,  quien será único responsable de ellos.

RRPP

ARTICULO Nº 41: REGLAMENTO PARTICULAR DE LA PRUEBA: El mismo será entregado a los pilotos en el momento de entregar el sobre oficio con los datos de inscripción, donde se establecerán los horarios correspondientes para las actividades siguientes:

Horario de finalización de inscripción.

Publicación oficial de inscriptos de cada categoría.

Verificación  Previa de elementos de seguridad y sellado de materiales

Reunión obligatoria de Pilotos.

Entrenamientos Oficiales

Pruebas de Clasificación.

Series Clasificatorias.

Autoridades dela Competencia

Finales.

Verificación Técnica Final.

Ceremonia de Podio.

Es resorte exclusivo del Director dela Pruebaen conjunto con el Comisario Deportivo de determinar la duración de los  entrenamientos oficiales, y/o modificar total o parcialmente el programa preestablecido en el  Reglamento Particular dela Prueba(R.P.P.).

DE LAS COMPETENCIAS

ARTICULO Nº 42: USO DE LOS SENSORES DE TIEMPO.  Si un kart no cumpliere parcialmente con el total del recorrido de la pista y marque esa vuelta en el sensor, el Comisario Deportivo queda facultado para:

Quitar el tiempo de esa vuelta en el caso de que esto haya ocurrido en tandas libres o clasificación.

Recargar o excluir al piloto en el caso de que esto haya ocurrido cuando se disputan series o finales.

En el caso que dos o más kart lleguen en la misma línea al momento de bajar la bandera a cuadros, sea en series o finales, se tomará, para ubicar la posición final, la posición que haya marcado el sensor provisto por la fiscalizadora. Siendo ésta medida inapelable.

ARTICULO Nº 43: Para tener derecho a los puntos correspondientes en el momento de la largada de la prueba final, la grilla deberá contar con un mínimo de siete autos.

ARTICULO Nº 44: SOLICITUD DE ESPERA: El piloto o concurrente de cada maquina podrá solicitar una espera de quince (15) minutos al horario prefijado para el comienzo de la competencia final, trámite que deberá efectuar con la debida antelación únicamente en la persona del Comisario Deportivo, todo esto teniendo en cuenta el tope del horario oficial prefijado para la carrera, y siempre que esta no haya sido declarada atípica previamente.

ARTICULO Nº 45: PROCEDIMIENTO DE LARGADA: La largada  de todas las categorías podrán realizarse con los vehículos en marcha y/o partida detenida a criterio del Comisario Deportivo y el Director de la prueba, en grilla conformada por dos autos en cada una, conforme a la prueba de clasificación y/o ranking  y/o series según el caso. La largada se efectuara con semáforo y/o bandera Argentina. En cualquiera de ambos casos lo serán con vuelta previa obligatoria, deberán transitar a velocidad moderada y constante, sin alterar el orden. Al producirse el lanzamiento de la vuelta previa se cerrara la puerta de boxes, debiendo todo vehículo que aun se encontraba en el mismo, largar desde allí, luego que pase el último auto de la largada. Cualquier piloto que no pueda largar, deberá agitar sus brazos, lo que obligara a una nueva vuelta previa, debiendo el piloto que sufrió el inconveniente ocupar la ultima posición. Solamente en la prueba final, si se debe repetir la vuelta previa, será descontada del recorrido total estableado. Queda debidamente establecido que cuando los autos lleguen a la grilla de partida una vez culminada a vuelta previa, esta totalmente prohibida en la misma la presencia de asistentes y/o mecánicos de los pilotos.

ARTICULO Nº 46: SERIES: Con el número mínimos de dieciséis un máximo de treinta karts en condiciones de largar, y a criterio del Comisario Deportivo, se realizarán dos series de seis kilómetros de recorrido, para las categorías Escuela el recorrido de las series será de cinco (5) km para el caso de superar los treinta competidores, las series a disputarse serán tres las que se integrarán de acuerdo a la clasificación. Si no hubiera un número mínimo de dieciséis karts, se correrá una sola serie. Los karts de la primera serie deberán obligatoriamente realizar parque cerrado, hasta el momento de finalización de la segunda serie, si por cualquier causa no se podrá realizar una o ambas series, la grilla de la final se ordenará de acuerdo a la clasificación y/o ranking según el caso. Para la categoría Escuela, se establece en cinco kilómetros de recorrido. Al ser estas series clasificatorias para la prueba final, no están facultados los pilotos a pedir los quince minutos de tolerancia.

ARTICULO Nº 47: COMPETENCIA FINAL: Se realizará sobre un recorrido mínimo de doce (12) kilómetros, teniendo derecho a participar de la misma la totalidad de los autos que el Comisario Deportivo determine, teniendo en cuenta el trazado, longitud, y seguridad del circuito, teniendo como base obligatoria de un auto cada treinta metros mas dos a su criterio. Cualquier circunstancia a resolver no dispuesta en el presente se resolverá de acuerdo al R.D.A., tendrá derecho al puntaje solo el competidor que ha recorrido como mínimo el 75% de la distancia estipulada, igual criterio se establece para las series. Para las categorías Escuela el recorrido de la prueba final se establece en diez (10) kilómetros.

ARTICULO Nº 48: REPECHAJE.-: Su realización no es obligatoria, quedando la misma a criterio del Comisario deportivo en cada competencia, teniendo en cuenta el numero de competidores, extensión y características del circuito

ARTICULO Nº 49: INTEGRACIÓN DE LA GRILLA DE LA PRUEBA FINAL: La grilla de partida de la prueba final será integrada por y entre estos por tiempo empleado, a igual cantidad de vueltas recorridas. Para el supuesto de exceder el número de competidores máximo permitido, la grilla se integrará con los ocho o diez primeros puestos de cada una de las series en la forma mencionada precedentemente. Esto podrá ser modificado en cada una de las competencias de acuerdo al número de inscriptos, habilitados para disputar la prueba final, la extensión y características del circuito, etc., lo cual será evaluado por las autoridades de las prueba y comunicado a los pilotos y/o concurrentes.-

ARTICULO Nº 49 BIS: PILOTO CON PRIORIDAD: Disputadas las cinco (5) primeras fechas del campeonato, se consideraran Pilotos con Prioridad a quienes ocupen los cinco (5) primeros puestos en cada una de las categorías.(entiéndase del campeonato actualizado disputadas las cinco (5) primeras fechas).

En el caso que estos pilotos no puedan terminar alguna de las series por rotu,ras o verse involucrados en maniobras, toques, etc., y siempre que no hayan sido responsables a criterio de las autoridades de la prueba, tendrán la prioridad de ser autorizados por el Comisario Deportivo a largar la competencia final desde la última posición.- Esta situación esta prevista para cuando resten cinco (5) fechas para la culminación del campeonato, y será una facultad del Comisario Deportivo, con las demás autoridades correspondiente. Con excepción que la exclusión dependa por razones deportivas o técnicas. Este artículo debe interpretarse conjuntamente con el resto que se refieren a series, competencia final, grilla de la misma y demás concordancias.-

ARTICULO Nº 50: ENTRADA A BOXES: la zona llamada de desaceleración forma parte del área de boxes. Durante el transcurso de entrenamientos, clasificación, seres y finales, solamente se podrá ingresar a boxes por la zona de desaceleración. La circulación por la calle de boxes será controlada por quien designe el Comisario Deportivo, debiéndose circular a baja velocidad. Queda totalmente prohibida la realización de pruebas o “tiradas” dentro de esta zona.

ARTICULO  N° 51: ASISTENCIA MECANICA Y AUXILIARES  EN EL CIRCUITO: Prohibido todo tipo de asistencia en pista durante el desarrollo de la carrera.

Una vez iniciada la vuelta previa, nadie de los auxiliares podrá permanecer en pista, debiendo retirarse hasta las zonas de seguridad del circuito. Será motivo de exclusión del piloto el no cumplimiento de ello. Esta medida no rige para la categoría Escuela.

En ningún caso y bajo ninguna circunstancia los mecánicos  y/o auxiliares de los pilotos deben encontrarse cerca del Comisario Deportivo y/o Veedor Oficial,  y/o auxiliares de pista.  Será motivo de sanción económica el no cumplimiento de lo mencionado.

ARTICULO Nº  52: SUSPENSION  O  INTERRUPCION  DE  LAS  COMPETENCIAS: Tratándose de suspensiones de días anteriores al de la realización de la prueba, el Club organizador, afiliado ala F.A.E., informará la suspensión de la competencia, por los medios habituales (radios, periódicos, TV., aviso a los pilotos, etc.)  El Comisario Deportivo, en conjunto con el Director dela Prueba, podrá suspender la competencia por causas de fuerza mayor, sin obligación alguna de indemnizar al público o a Pilotos, o si la cantidad de máquinas inscriptas no llegase al mínimo establecido para cada categoría en el presente Reglamento de Campeonato, en cuyo caso se procederá a devolver el valor de la inscripción siempre y cuando no se haya disputado ninguna prueba de clasificación o serie. Igualmente  serán suspendidas o dadas por finalizadas, las pruebas que se encuentren desarrollándose, si a juicio de/ los Comisarios, su continuación se tornara peligrosa por cualquier causa. Igualmente será materia de análisis por parte de las autoridades del Campeonato, tomar o no la decisión de completar la  programación suspendida, anunciándolo a los pilotos con tiempo suficiente.

En el caso de suspenderse una competencia que se está desarrollando en el transcurso de las dos (2) primeras vueltas de la misma y que a criterio del Comisario Deportivo se deba reiniciar, ésta deberá hacerse de acuerdo a la grilla original de partida, descontándose al final de las vueltas establecidas una (1) vuelta.  Si la competencia se suspendiese en cualquier momento, luego que el puntero cumpla la tercera (3)  vuelta recorrida, y  no se haya cumplimentado con el número de vueltas necesarias para que la misma sea puntable, se reiniciará  la prueba, formando los pilotos la grilla en el orden que tenia la clasificación en la vuelta anterior a la de la suspensión de la competencia, debiendo en este caso completarse el número de vueltas faltantes a las estipuladas de antemano para esta competencia, menos (1) una vuelta. En todos los casos se le descontará una (1) vuelta.

En todos los casos en que se hubiere que detener una competencia por la causa que fuere, el Comisario Deportivo mostrará Bandera Roja (Detención Inmediata) y los pilotos deberán detenerse en la grilla de partida, (de no existir otra indicación hacia los pilotos por el Comisario Deportivo), deberán permanecer junto a sus Kart, con la prohibición de ser asistidos por sus mecánicos o colaboradores, hasta recibir una orden del Comisario Deportivo. El echo de no respetar lo descrito, será área exclusiva del Comisario Deportivo de aplicar las sanciones el juzgue conveniente para cada caso, sin derecho a reclamo alguno.-

RECLAMOS

ARTICULO  N° 53: RECLAMOS  DE  HECHOS  EN  LA  CARRERA: Todos los gastos de peritaje, traslados, etc. de cualquier índole, que fuere necesario para comprobar la veracidad de una reclamación serán a cargo del demandante si la misma fuera rechazada. En el caso de ser admitida, tales gastos lo soportará el sancionado. Si el obligado al pago no lo efectuara dentro de los (10) días de recibida la notificación pertinente, se lo suspenderá hasta tanto no cumpla con el pago mencionado. El Comisario Deportivo, en caso de ser necesario reunirá a sus auxiliares para su información de la referida situación, actuando en consecuencia, dando las explicaciones al piloto y/o concurrente que haya realizado el reclamo.

OTROS

ARTICULO Nº 54: DECLARACIONES PERIODISTICAS: Si algún piloto, concurrente o allegado al mismo, realizara declaraciones periodísticas, referidas a la categoría, que resultaren agraviantes y/o exponiendo situaciones que no hubieren sido tratadas o aclaradas convenientemente, el Comisario Deportivo y el Fiscalizador, se reservan el derecho de solicitar al Comité Ejecutivo dela A.ZK.R.U., se considere el caso y aplique sanciones disciplinarias y/o económicas, según crea conveniente.

ARTICULO Nº 55: CONTROL DE ALCOHOLEMIA: El comisario deportivo esta facultado durante el tramite de los entrenamientos o carreras, efectuar el control de alcoholemia de los pilotos con elementos proveídos y/o autorizados porla F.A.E. La posterior participación o no de la persona sobre que recayó el control, es una resolución de carácter inapelable,

DE LA TECNICA

ARTICULO Nº 56: CAMBIO DE MOTORES: Esta permitido el cambio de motores previa comunicación al Comisario Deportivo, el que deberá ser dejado en deposito, en el caso de haber logrado algún puesto de clasificación y/o obtenido puntaje alguno durante el evento deportivo, por si se decide a su revisada técnica.

Asimismo todo aquel que opte por cambiar motor deberá regirse por lo siguiente:

Si es luego de la clasificación y antes de la serie perderá el derecho al lugar en la grilla de partida de ésta, largando en el último lugar, no así el punto de clasificación si hubiera logrado el primer lugar.

Si es luego de la serie y antes de la final perderá el derecho al lugar en la grilla de partida de ésta, largando en el último lugar, no así los puntos que pudiera haber obtenido en la serie.

Quedan exceptuados de este artículo los pilotos de las categorías escuela y promocional,  cuando las circunstancia del cambio así lo ameriten según lo considere el técnico de la categoría. Asimismo el cambio de motor en estas categorías quedará a criterio del técnico de la categoría cuando lo considere necesario.

ARTICULO Nº 57: PROCEDIMIENTO DE EXTRACCION DE COMBUSTIBLE: Durante el trámite de la disputa carrera ya sea entrenamientos, clasificación, series o final,la Comisión técnica está facultada a la extracción de combustible para su posterior análisis. Dicho procedimiento se realizara de la siguiente manera. Se extraerán muestras de combustible en tres envases, se sellará y firmará cada uno de ellos porla Comisión técnica y el piloto o concurrente. Dos de ellos se los quedará la fiscalizadora y la tercera muestra quedará para el piloto ante una posible contraprueba. En caso de que el combustible existente en el tanque no resulte suficiente para los tres recipientes, en primer lugar el piloto no tendrá derecho al correspondiente como contraprueba y de no quedar combustible dará lugar a la descalcificación de la prueba inmediatamente anterior que haya finalizado. Todo procedimiento deberá registrarse en el Acta respectiva.

ARTICULO Nº 58: VERIFICACION TECNICA: Cada coche que cruce la línea de llegada inmediatamente seguirá la ruta mas directa establecida hacia el recinto de verificación, sin intervención de persona alguna, salvo oficiales de la fiscalizadora si fuera necesario.

El Comisario Técnico dispondrá la revisión técnica de los coches que finalicen 1º, 2º y 3º y uno más a criterio del Comisario Deportivo.

Si dentro de estos autos clasificados no se encontrara el primero y segundo clasificado en cada una de las series, estos también deberán ingresar a la zona de parque de verificación.

Restando tres fechas para la culminación del campeonato, el comisario técnico podrá verificar los coches que tengan posibilidades de acceder al título, sin importar la posición que hayan obtenido en la competencia final.-

Ninguna persona podrá ingresar al recinto de verificación, a excepción de los concurrentes y/o mecánicos expresamente autorizados en cada ocasión por el Comisario Técnico.

Queda autorizado a estar presente en toda verificación técnica como veedor un (1) delegado dela Asociaciónde pilotos de la categoría, a criterio de los técnicos.

PODIO

ARTICULO Nº 59: PODIO OBLIGATORIO: Los pilotos clasificados en los seis primeros puestos de la prueba final, deberán concurrir en forma obligatoria luego de ser convocados por las autoridades de la prueba a la ceremonia de entrega de premios, so pena de ser multados con la suma de $100.

ARTICULO Nº 60: Toda actividad deportiva que no se encuentre en algún caso especial contemplada en el presente reglamento, estará sujeta a las disposiciones del R.D.A de Automóvil Club Argentino, dela C.N.K. y de las disposiciones de esta Federación.

FUENTE: RADIO MOTOR

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